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Cámara de Representantes lanza revisión de ley para permitir más estaciones de recarga para vehículos eléctricos en condominios

  • Writer: The San Juan Daily Star
    The San Juan Daily Star
  • Jun 9
  • 2 min read

POR EL STAR STAFF


SAN JUAN – La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, Víctor Parés, anunció que busca enmendar Ley 81-2014, mejor conocida como ‘Ley para el Fomento de los Vehículos Impulsados Mayormente por Electricidad’, con el propósito de asegurar se instalen estaciones de recarga en condominios.


“Han transcurrido 12 años desde la entrada en vigor de la Ley 81-2014 y se necesita atemperarse a la realidad que vivimos. Un área que necesitamos cambios es en el aspecto de instalación de estaciones de recarga en propiedad horizontal, condominios y/o ‘walkups’ bajo la jurisdicción del Departamento de Asuntos del Consumidor, los que suman alrededor de 3,800 complejos a través de toda la Isla.  Ante esto, hoy comenzamos el trabajo de evaluación de esta ley para someter las enmiendas necesarias para enfrentar los retos de la tercera década del siglo 21”, dijo Parés. 


“Queremos facilitar la instalación de estos sistemas de recarga en condominios, por eso evaluaremos todos los aspectos que faciliten esta acción que resultará en más capacidad para vehículos eléctricos en nuestras carreteras”, añadió el también Representante por el Distrito #4.


Como parte de los trabajos de estudio de las posibles enmiendas, se estarán citado a reuniones al DACO, así como asociaciones de propietarios de condominios, entre otros. 


En estos momentos existen alrededor de 10,000 vehículos eléctricos, incluyendo los híbridos, transitando por nuestras carreteras.


La Ley 81-2014 establece, en su Artículo 3, inciso (f) Exención Total del Pago de Arbitrios, subincision (2) ‘Se concede una exención total del pago de los arbitrios impuestos por este Subtítulo a los vehículos impulsados mayormente por electricidad, según definidos en el párrafo (2) del apartado (a) de esta Sección. Dicha exención estará disponible hasta el año fiscal en que por primera vez el diez por ciento (10%)’.

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